
«¿Y si quiebra mi banco?». Es la pregunta que sale cada vez que una cuenta paga más de lo normal o cuando hay noticias de crisis. La respuesta corta es el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD): un seguro que cubre tu dinero hasta 100.000 €. La larga tiene matices que casi nadie cuenta: qué pasa con las cuentas conjuntas, qué productos no cubre y una ampliación temporal muy útil si vendes casa o cobras una herencia. Todo con la ley citada tal cual.
Si quieres entender de una vez cómo funcionan los bancos y el dinero, un buen libro de divulgación sobre el dinero y la banca es una lectura amena (enlace de afiliado: a ti te cuesta lo mismo).
Qué cubre: 100.000 € por persona y por banco
El límite lo fija el artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2011:
«El importe garantizado de los depósitos tendrá como límite la cuantía de 100.000 euros o, en el caso de depósitos nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio correspondiente.»
¿100.000 por cuenta o por persona? Por persona y entidad. El Real Decreto 2606/1996 lo aclara: la garantía se aplica «por depositante […] cualesquiera que sean el número y clase de depósitos de efectivo en que figure como titular en la misma entidad». Tener tres cuentas en el mismo banco no multiplica la cobertura.
| Producto | ¿Lo cubre el FGD? |
|---|---|
| Cuenta corriente y cuenta de ahorro | Sí, hasta 100.000 € |
| Cuenta remunerada | Sí, hasta 100.000 € |
| Depósito a plazo fijo | Sí, hasta 100.000 € (sumado al resto de depósitos en ese banco) |
| Acciones, fondos y ETF depositados en el banco | Solo si el banco no te los puede devolver, con otro límite aparte de 100.000 €; no cubre que bajen de precio |
| Pérdidas por invertir | No: si un fondo o una acción baja, eso no es cosa del FGD |
Lo de los valores está en el artículo 7 bis del Real Decreto 2606/1996: el importe garantizado a quien haya confiado a la entidad «valores o instrumentos financieros será independiente del previsto en el artículo anterior y alcanzará como máximo la cuantía de 100.000 euros». Ojo: protege frente a que el banco no te devuelva tus títulos, no frente a que el mercado caiga.
Cuentas conjuntas: el límite se reparte
Si la cuenta es de dos, la cobertura no se duplica automáticamente por cuenta. La norma dice: «Cuando una cuenta tenga más de un titular, su importe se dividirá entre los titulares, de acuerdo con lo previsto en el contrato de depósito y, en su defecto, a partes iguales». Cada titular tiene su propio límite de 100.000 € en ese banco, sumando su parte de la conjunta y sus cuentas individuales. Más sobre cuentas compartidas en finanzas en pareja.
El truco que casi nadie conoce: más de 100.000 € durante tres meses
El mismo artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2011 añade que quedan garantizados «con independencia de su importe durante tres meses» ciertos depósitos, entre otros:
- Los procedentes de la venta de una vivienda («transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencial y carácter privado»).
- Los pagos puntuales ligados al matrimonio, el divorcio, la jubilación, el despido, la invalidez o el fallecimiento.
- Los basados en el pago de prestaciones de seguros o indemnizaciones.
Es decir: si vendes tu piso o cobras una herencia, ese dinero está protegido entero durante tres meses, aunque pase de 100.000 €. Después vuelve el límite normal, así que es el plazo para decidir dónde lo pones. Más sobre herencias en herencia de inversiones y sobre impuestos al vender en plusvalía municipal.
Bancos extranjeros y brókers: compruébalo antes
- Bancos de otros países de la UE: tienen su propio fondo de garantía, también con 100.000 € por la normativa europea, pero lo paga el fondo de su país. Mira en qué fondo está adherido antes de abrir cuenta.
- Sucursales en España de bancos extranjeros: pueden estar en el fondo español o en el de su país de origen. Lo dicen en su web y en la información precontractual.
- Brókers que no son bancos: en España, las empresas de servicios de inversión tienen su propio sistema, el FOGAIN, que protege frente a que no te devuelvan dinero o valores, no frente a pérdidas.
- Exchanges de criptomonedas: no tienen fondo de garantía de depósitos. Lo explicamos en exchanges autorizados.
Cómo usar el FGD a tu favor (patillero)
- Más de 100.000 € en efectivo: repártelo entre entidades distintas que pertenezcan a fondos distintos (dos marcas del mismo grupo pueden ser la misma entidad).
- Para el fondo de emergencia, una cuenta remunerada cubierta por el FGD es de lo más tranquilo que hay.
- ¿Bancos que te regalan dinero por abrir cuenta? Mientras estén adheridos a un fondo de garantía, aprovecharlos no te expone a nada raro: los tienes en plan amigo de bancos.
- Para más de 100.000 € con riesgo mínimo, otra opción es la deuda pública: Letras del Tesoro.
Cuenta e inversión con bonus de bienvenida
Si vas a abrir cuenta en MyInvestor, hazlo con código de invitación y os lleváis bonus los dos. Antes de abrir cualquier cuenta, en MyInvestor o donde sea, mira en su web a qué fondo de garantía está adherida.
Si prefieres meterlo a mano, el código es LUA0Z.
Importe y condiciones exactas, en su web: cambian cada pocos meses. Enlace de invitación. Esto no es una recomendación de inversión: no somos asesores financieros.
Para entender por qué existen estos fondos, nada como la historia de las crisis bancarias: libros sobre la historia de las crisis financieras (enlace de afiliado).
Real Decreto-ley 16/2011 (art. 10) y Real Decreto 2606/1996 (arts. 7 y 7 bis) leídos en el BOE consolidado el 12 de octubre de 2026. Educación financiera, no recomendación: no somos asesores financieros.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?
Hasta 100.000 euros por depositante y entidad, según el artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2011.
¿Los 100.000 euros son por cuenta o por persona?
Por persona y por entidad: se suman todos tus depósitos en ese banco, tengas una cuenta o varias.
¿Cómo se reparte en una cuenta conjunta?
El importe se divide entre los titulares según el contrato o, si no dice nada, a partes iguales. Cada titular tiene su propio límite de 100.000 euros en esa entidad.
¿El FGD cubre los fondos de inversión y las acciones?
No cubre pérdidas por invertir. Hay una garantía aparte de hasta 100.000 euros para valores e instrumentos financieros que la entidad no pueda devolver, pero no protege contra caídas de precio.
¿Qué pasa si vendo mi casa y tengo más de 100.000 euros en el banco?
El dinero procedente de la venta de una vivienda está garantizado con independencia de su importe durante tres meses. Pasado ese plazo vuelve el límite de 100.000 euros.
¿Una herencia está protegida aunque supere los 100.000 euros?
Los pagos puntuales ligados al fallecimiento, entre otros, también están garantizados sin límite durante tres meses desde que se abonan.
¿Qué es el FOGAIN?
El sistema de indemnización de los inversores de las empresas de servicios de inversión en España. Protege si la empresa no puede devolverte dinero o valores, no frente a pérdidas de mercado.
¿Los bancos extranjeros tienen la misma garantía?
Los bancos de la UE tienen su propio fondo nacional con el mismo límite de 100.000 euros. Comprueba en la web de la entidad a qué fondo está adherida.


