
El Ministerio de Industria y Turismo firmó el 22 de septiembre de 2026 la convocatoria de la Línea 2 del Programa Auto+: 50 millones de euros para que autónomos y empresas compren coches y furgonetas eléctricas. El dinero se reparte por orden de llegada desde el 1 de octubre a las 10:00 de la mañana, y no hay sorteo, ni baremo, ni puntos. El que llega antes, cobra.
Y aquí está el dato que nadie te va a contar en el concesionario: de esos 50 millones, solo 8 son para autónomos. Los otros 42 van a empresas con personalidad jurídica. Echando la cuenta con una ayuda media de unos 4.500 €, esos 8 millones dan para menos de 1.800 vehículos en toda España. Un martes por la mañana.
Lo hemos sacado del texto oficial de la orden, el PDF firmado que está colgado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código BDNS 931088. Comprobado hoy, 23 de septiembre de 2026: el extracto todavía no ha salido en el BOE. Llegas antes que el boletín.
Lo esencial, en cuatro líneas
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Quién puede pedirlo? | Empresas con personalidad jurídica y personas físicas con actividad económica dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT (o censo foral equivalente). |
| ¿Cuánto es? | Hasta 6.000 € por turismo (M1) y 7.500 € por furgoneta (N1) si eres autónomo o microempresa. Hasta 4.500 € y 5.000 € para el resto de empresas. Motos, 1.100 €. Cuadriciclos, 1.500 €. |
| ¿Hasta cuándo? | Del 1 de octubre de 2026 a las 10:00:00 (hora peninsular) al 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, o hasta que se acabe el dinero. Lo que pase antes. |
| ¿Por dónde se pide? | Por el sistema telemático de gestión del Ministerio de Industria y Turismo, con firma electrónica avanzada. Enlace en el portal de ayudas del ministerio. |
| ¿Cuántos vehículos? | Máximo 10 por empresa y 3 por autónomo. |
Cuánto te dan de verdad: los tres criterios que se suman
El importe de la tabla de arriba es el techo, no lo que vas a cobrar. La ayuda se calcula sumando tres porcentajes de ese techo, y solo si los cumples los tres llegas al 100 %.
Los topes por tipo de vehículo
| Vehículo | Autónomo o microempresa | Resto de empresas |
|---|---|---|
| Turismo (M1) | 6.000 € | 4.500 € |
| Comercial ligero / furgoneta (N1) | 7.500 € | 5.000 € |
| Motos (L3e, L4e, L5e) | 1.100 € | 1.100 € |
| Cuadriciclos (L6e, L7e) | 1.500 € | 1.500 € |
Y los tres criterios que se acumulan
| Criterio | Condición | % del tope |
|---|---|---|
| Eléctrico (E1) | Eléctrico puro (BEV o pila de combustible) | 50 % |
| Híbrido enchufable (PHEV) o autonomía extendida (EREV) | 25 % | |
| Económico (E2) | Turismo M1 de hasta 35.000 € | 25 % |
| Turismo M1 de más de 35.000 € | 15 % | |
| Resto de vehículos (furgonetas, motos, cuadriciclos) | 25 % | |
| Europeo (E3) | Montaje y terminación final en una planta de la UE | 15 % |
| Además, batería ensamblada en la UE (con requisitos extra si es eléctrico puro) | +10 % |
Dos cuentas para que se vea:
- Autónomo, turismo eléctrico puro de 30.000 € fabricado en la UE con batería europea: 50 + 25 + 15 + 10 = 100 % de 6.000 € → 6.000 €.
- Autónomo, híbrido enchufable de 38.000 € montado fuera de la UE: 25 + 15 + 0 = 40 % de 6.000 € → 2.400 €. El mismo papeleo para menos de la mitad.
Si quieres saber si tu modelo suma el criterio europeo, está en la llamada Lista Blanca: los fabricantes declaran dónde se monta el coche y dónde se ensambla la batería en la aplicación AUTO Declara. Si tu modelo no está, ese 25 % no lo ves.

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Unos 110 € el 23/09/2026. El cargador no entra en esta ayuda, pero sin un sitio donde cargar, el coche subvencionado se queda parado.
Qué coches entran y cuáles no
Requisito de partida: etiqueta CERO de la DGT. Sin eso no hay nada que hablar. Y además tiene que darse uno de estos dos casos:
- Vehículo nuevo matriculado por primera vez en España después del 1 de enero de 2026, a tu nombre o a nombre de la empresa de renting o leasing.
- Kilómetro cero comprado en un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, con primera matriculación en España a partir del 1 de enero de 2025 y sin que hayan pasado más de doce meses entre esa matriculación y la fecha de la factura.
El renting y el leasing valen, ojo, que esto se le escapa a mucha gente: el contrato tiene que ser de tres años como mínimo.
Topes de precio, siempre sobre la factura sin impuestos, con extras y accesorios incluidos y descuentos ya restados: 45.000 € para turismos de hasta siete plazas (los de ocho y nueve no tienen tope) y 10.000 € para motos L3e, L4e y L5e.
Fuera del programa: autocares y autobuses (M2, M3) y camiones y furgones grandes (N2, N3).
Cómo se pide, paso a paso
Todo es telemático y con firma electrónica avanzada. Si todavía no tienes certificado digital, ese es el primer trámite, y es gratis: o sea, más barato que robao. Te lo contamos en cómo sacar el certificado digital gratis.
- Compra el vehículo y guarda la factura. Tiene que aparecer un descuento de al menos 1.000 € aplicado por el concesionario sobre el precio sin impuestos, y anotado con un concepto que se vea claramente que es del Programa Auto+. Solo aplica a vehículos nuevos M1 y N1.
- Paga por banco. Nada de efectivo: por ley no se pueden pagar en metálico operaciones de 1.000 € o más cuando una de las partes es empresario o profesional, y los justificantes tienen que identificar quién paga, a quién, cuándo, qué vehículo (matrícula y modelo) y por cuánto.
- Matricula y reúne los papeles definitivos: ficha técnica (tarjeta ITV) y permiso de circulación. Los provisionales no valen, lo dice la orden con todas las letras.
- Entra en el sistema telemático el 1 de octubre a las 10:00 y rellena el formulario: tus datos, los del vehículo y la cuenta bancaria, que tiene que estar a tu nombre.
- Sube la documentación: ficha técnica, permiso de circulación, certificado de titularidad de la cuenta, factura y justificantes bancarios del pago. Si financias, además el contrato de financiación y un certificado de la entidad.
- Espera la resolución. Si falta algo te requieren y tienes 10 días hábiles improrrogables para arreglarlo.
Un apaño que ahorra dolores de cabeza: el concesionario, el punto de venta o la empresa de renting pueden presentar la solicitud por ti como representantes, con una declaración responsable de autorización. Si vas a comprar en los primeros días de octubre, pregúntalo en la tienda antes de firmar.
Para quién NO es esta ayuda
- Particulares. Esta es la Línea 2. Si compras el coche a título personal, lo tuyo es la Línea 1 del mismo programa, que va aparte.
- Concesionarios y puntos de venta cuyo epígrafe del IAE sea el 615.1 o el 654.1. Están excluidos expresamente.
- Quien no esté al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social en el momento de la concesión, o tenga pendiente devolver otra subvención. Si no lo tienes claro, mira cómo pedir el certificado de estar al corriente antes de que te lo pidan a ti.
- Quien piense vender el coche pronto. Hay que mantener la titularidad y la matrícula española dos años desde la concesión. Si lo vendes antes, devuelves la ayuda. Solo se libran robo, siniestro con daños irreparables, defecto grave de origen o fallecimiento, y con papeles.
- Quien facture tarde. Si el vehículo es de segunda mano normal, o el km 0 lleva más de doce meses matriculado, no entra.
La letra pequeña que conviene leer dos veces
El descuento de los 1.000 €. No es un regalo del concesionario: es un requisito para que te den la subvención. Asegúrate de que aparece en la factura y con el concepto correcto. Si el vendedor te dice que «ya está aplicado» pero no figura por escrito, tienes un problema. Aquí es donde lo patillero a veces sale caro.
Es minimis. La ayuda va al régimen de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831, con sus límites de acumulación. Si tu negocio ha cobrado otras ayudas de minimis en los últimos ejercicios, puedes estar más cerca del tope de lo que crees.
Se puede acumular, hasta un punto. Es compatible con otras ayudas para el mismo coste hasta el 80 % del coste subvencionable, siempre que no sean instrumentos de la Unión Europea.
La lista de espera existe, pero no da derecho a nada. Cuando el dinero se agote se puede seguir presentando solicitudes hasta el 31 de diciembre, y entran en una lista por orden riguroso. Solo cobran si alguien desiste y libera presupuesto. La orden lo dice sin rodeos: estar en la lista no genera derecho alguno a la ayuda.
La ayuda nunca supera el coste. Ni el importe máximo de la tabla, ni el precio de factura sin impuestos una vez restados los descuentos comerciales.

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Preguntas rápidas
¿Puedo pedirla antes del 1 de octubre? No. El plazo arranca ese día a las 10:00:00, hora peninsular. Lo que sí puedes es tener la compra hecha y los papeles escaneados para entrar el primer minuto.
¿Y si soy autónomo con sociedad? Depende de a nombre de quién compres. Si la factura y el permiso van a nombre de la sociedad, cuenta como empresa (4.500 € / 5.000 € si no es microempresa, y con 10 vehículos de tope). Si van a tu nombre como persona física con actividad económica, entras por los 6.000 € / 7.500 € pero con tope de 3 vehículos.
¿Un híbrido normal vale? No. Tiene que tener etiqueta CERO: eléctrico puro, pila de combustible, híbrido enchufable o autonomía extendida. Un híbrido convencional con etiqueta ECO se queda fuera.
¿Cuándo cobro? Por transferencia a la cuenta que indiques, después de la resolución de concesión. La orden no fija una fecha de pago concreta.
¿Dónde está publicado? La convocatoria está firmada el 22/09/2026 y registrada en la BDNS con el código 931088. Las bases son el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (BOE-A-2026-16010). El extracto en el BOE estaba pendiente cuando escribimos esto.
Nuestra opinión, en corto
Si ya ibas a comprar eléctrico para el negocio este otoño, esto te quita entre 2.400 y 7.500 € de encima y merece la pena preparar los papeles ya. Si no lo tenías pensado, no compres un coche de 30.000 € por una ayuda de 6.000: esa cuenta no sale. Y si eres autónomo, ten presente que compites por una bolsa de 8 millones que va por orden de llegada y que históricamente estas cosas vuelan.
En patillero no somos asesores fiscales ni gestores. Esto es un resumen del texto oficial, no un consejo profesional: antes de firmar una compra de varios miles de euros, contrasta tu caso con tu gestoría o con el propio ministerio. Datos comprobados sobre el PDF de la convocatoria (BDNS 931088) el 23 de septiembre de 2026. Si el plazo o el presupuesto cambian, actualizaremos el artículo.
Fuentes oficiales: Convocatoria BDNS 931088 · Real Decreto 609/2026 (bases reguladoras) · Portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.
Si andas detrás de más dinero público, tenemos la lista ordenada en todas las ayudas del Gobierno de España 2026, y si acabas de darte de alta te interesa la tarifa plana de autónomos.


